Disposiciones del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación





Ordenes Ministeriales

  • Orden de 22 de junio de 2001, por la que se definen el ámbito de aplicación, las condiciones técnicas mínimas de explotación, precios y fechas de suscripción en relación con el seguro de Encefalopatía Espongiforme Bovina comprendido en el Plan Anual de Seguros Agrarios Combinados. (pdf)

  • Orden de 20 de Febrero de 2001 por la que se regulan las subvenciones a la retirada del mercado nacional de piensos elaborados con proteínas animales destinados a la alimentación de animales de producción. (pdf)

  • Orden de 31 de Enero de 2001, por la que se complementa la Orden de 28 de Diciembre de 2000 por la que se establece el plan de adquisición de bovinos de más de treinta meses a los que no se les haya practicado la prueba de detección de la EEB. (pdf)

  • Orden de 12 de enero de 2001, por la que se desarrolla el Anexo XI del Real Decreto 3454/2000, de 22 de diciembre, por el que se establece y regula el Programa Integral Coordinado de vigilancia y control de las encefalopatías espongiformes transmisibles de los animales.
  • Orden de 28 de diciembre de 2000,por la que se establece el plan de adquisición de bovinos de más de treinta meses a los que no se les haya practicado la prueba de detección de la EEB. (pdf)

    • Anexo I (pdf)
    • Anexo II (pdf)
    • Anexo III (pdf)
    • En ejecución de las medidas adoptadas por el Reglamento (CE) 2777/2000, de la Comsisión, de 18 de diciembre, se autoriza la adquisición por el FEGA de cualquier bovino de más de 30 meses de edad que no haya sido sometido a la prueba de detección de la EEB para su sacrificio y completa eliminación. La medida está prevista para un periodo de seis meses.
  • Orden de 20 de diciembre de 2000, por la que se regulan las subvenciones a la retirada del mercado nacional de harinas animales. (pdf)

    • Anexo I(pdf)
    • Anexo II(pdf)
    • Por Decisión (CE) del Consejo, de 4 de Diciembre de 2000, se acuerda la prohibición temporal del uso de harinas de carne, sangre y hueso en todos los animales de producción.
    • Como medida de emergencia, para aliviar el bloqueo de los mataderos apoyando a las fábricas de harina afectadas, se financia por el FEGA la retirada, transporte y eliminación o destrucción de los stock de harina producidas en las fábricas hasta el 30 de diciembre de 2000, hasta un máximo de 15.000 Tm, y por un total de 705 millones de pesetas.
  • Orden de 15 de diciembre de 2000, por la que se establecen los baremos de indemnización por sacrificio obligatorio de animales sospechosos o afectados de encefalopatías espongiformes transmisibles. (pdf)
    • Se fijan los baremos de indemnización que deberán percibir los propietarios en cuyas explotaciones existan animales sospechosos de EEB respecto de los que los órganos competentes de las Comunidades Autónomas decidan su sacrificio. Se aplican a todos los animales que hayan sido sacrificados desde el 1 de junio de 2000, ante la sospecha de infección por encefalopatía espongiforme transmisible o por estar afectados por dicha enfermedad.
    • El mismo baremo será de aplicación si, una vez realizado el diagnóstico, se confirmara la enfermedad o hubiera que sacrificar otros animales e la misma o distinta explotación como medida de prevención y vigilancia.
  • Orden de 8 de Noviembre de 2000, por la que se prohibe cautelarmente la introducción de animales y ciertos productos de la especie bovina originarios o procedentes de Francia e Irlanda. (pdf)
  • Orden de 28 de diciembre de 1999 por la que se adoptan medidas cautelares en las importaciones de animales bovinos y embriones bovinos originarios o procedentes de Suiza

  • Orden de 19 de Enero de 1999, por la que se deroga la Orden de 24 de septiembre de 1998 por la que se prohibe cautelarmente la introducción de bovinos de Portugal. (pdf)
  • Orden de 19 de Enero de 1999, por la que se deroga la Orden de 24 de septiembre de 1998 por la que se prohibe cautelarmente la introducción de bovinos de Portugal. (pdf)

Reales Decretos

  • Real Decreto 221/2001, de 2 de marzo por el que se modifica el Real Decreto 1911/2000, de 24 de noviembre, por el que se regula la destrucción de los materiales especificados de riesgo en relación con las encefalopatías espongiformes transmisibles. (pdf)

  • Real Decreto 3454/2000, de 22 de diciembre, por el que se establece y regula el Programa Integral coordinado de vigilancia y control de las encefalopatías espongiformes transmisibles de los animales.

    • Se institucionaliza el Programa Integral Coordinado de Vigilancia y Control de las EET y se prueba por Real Decreto. Comprende, a su vez, cuatro programas de actuación: de vigilancia, de control de sustancias empleadas en alimentación de animales, de inspección de establecimientos de transformación de subproductos y cadáveres y de control de MER.
  • Real Decreto 1911/2000 de 24 de Noviembre, por el que se regula la destrucción de los materiales especificados de riesgo en relaciones con las encefalopatías espongiformes transmisibles.
    • Regula la obligación de eliminar los materiales especificados de riesgo (MER) en todos los animales rumiantes. Esta medida está en aplicación desde el pasado 1 de octubre de 2000 (Decisión de la Comisión 2000/418/CE, de 29 de junio ). Supone la necesidad de dar un tratamiento específico para la separación y la destrucción de los MER, a condiciones de temperatura, tiempo y presión determinados, que finaliza con la inhumación en vertederos autorizados o en incineradoras.
  • Real Decreto 1910/2000, de 24 de Noviembre por el que se crea la Comisión Interministerial de Seguridad Alimentaria.
    • Se crea un órgano colegiado para la actuación coordinada de todos los órganos y organismos de la AGE con competencia en la materia, copresidida por los subsecretarios de Sanidad y Consumo y Agricultura, Pesca y Alimentación.

Acuerdo de Consejo de Ministros

  • Acuerdo de Consejo de Ministros de 28 de diciembre de 2000, por el que se establecen los criterios de financiación del Plan Coordinado de Actuación Administración General del Estado y Comunidades Autónomas de Lucha contra la EEB en España y medidas colaterales.
    • El Consejo de Ministros dispone que el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación apoyará financieramente durante seis meses las medidas siguientes, integradas en un Plan Coordinado de Actuación: (a) retirada y eliminación de animales muertos en explotaciones ganaderas (2.416 millones de pesetas), (b) retirada y eliminación de las harinas de carne, hueso y sangre (5.631 millones de pesetas) y (c) campaña de información y promoción al consumo (330 millones de pesetas).

    • Al amparo de este Acuerdo, se han ido firmando los correspondientes Convenios con las Comunidades Autónomas
  • Acuerdo del Consejo de Ministros de 1 de diciembre de 2000, por el que se determinan los criterios generales para la negociación y suscripción de Convenios de colaboración específicos con las Comunidades Autónomas, y otras medidas, para instrumentar las acciones de lucha contra la encefalopatía espongiforme bovina.(PRION).
    • En aplicación de la Decisión adoptada por el Consejo de Ministros de la Unión Europea de 29 de noviembre de 2000, se realizarán pruebas analíticas de detección de la EEB a todos los bovinos de más de 30 meses que vayan al sacrificio especial de urgencia, a todos los bovinos que en la inspección ante mortem en el matadero presenten síntomas de enfermedad, a todos los bovinos de más de 30 meses muertos en granja o durante el transporte, y a todos los bovinos de más de 30 meses sacrificados para su consumo.
      Para la inmediata puesta en marcha de las pruebas rápicas, en el Acuerdo de Consejo de Ministros se adoptan las siguientes medidas: suministro de los test (prionic), la formación de personal, subvención del 50% del equipo material y personal técnico, y confirmación, en su caso, de los diagnósticos a través del Laboratorio Nacional de Referencia de Zaragoza y el de Algete.
      Se autoriza al Ministro a firmar los convenios oportunos, habiéndose firmado todos menos el País Vasco, hasta un monto de en torno a 2.500 millones de pesetas.

Acuerdos de colaboración entre el MAPA y las Comunidades Autónomas

Normas y Acuerdos de las Comunidades Autónomas en relación con la E.E.B